Octubre de 2026 ha traído dos noticias que afectan a todas las empresas y autónomos de España: la factura electrónica obligatoria ya tiene fecha de inicio y Hacienda ha anunciado un nuevo retraso de VERI*FACTU. Conviene separar bien lo que ya es ley de lo que solo está anunciado.
1. Factura electrónica obligatoria: ya hay calendario oficial
La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) obligó a que las facturas entre empresas y profesionales sean electrónicas. Faltaban dos piezas para que empezara a contar el plazo, y las dos ya están publicadas:
- El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, que desarrolla el sistema. Se publicó en el BOE el 31 de marzo de 2026.
- La Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. Se publicó en el BOE el 5 de octubre y entró en vigor el 6 de octubre de 2026.
Desde ese 6 de octubre cuentan los plazos:
| Desde | Quién | Qué tiene que hacer |
|---|---|---|
| 6 de octubre de 2027 | Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones | Emitir, enviar y recibir facturas electrónicas e informar del estado de las facturas y de su pago |
| 6 de octubre de 2028 | El resto de empresas y profesionales | Emitir, enviar y recibir facturas electrónicas. Las sociedades, además, informar del estado y del pago |
| 6 de octubre de 2029 | Autónomos (personas físicas) y entidades en atribución de rentas | Informar del estado de las facturas y de su pago |
En la práctica, un PDF enviado por correo dejará de valer entre empresas. La factura tendrá que ir en un formato estructurado que los programas puedan leer, y quien la recibe tendrá que comunicar si la acepta o la rechaza y cuándo la ha pagado. La Agencia Tributaria ofrecerá una herramienta gratuita para quien no tenga programa propio.
La obligación afecta a las operaciones entre empresas y profesionales establecidos en España. Las facturas a particulares y las facturas simplificadas (tiques) quedan, en general, fuera.
2. VERI*FACTU: anunciado un nuevo aplazamiento, todavía sin BOE
VERI*FACTU es otra obligación distinta: no regula cómo se envían las facturas, sino cómo las guarda el programa con el que las haces. Cada factura debe generar un registro con su huella, encadenado al anterior, para que no se pueda modificar ni borrar sin dejar rastro, y llevar un código QR.
El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció en una nota informativa que quiere retrasar esta obligación hasta octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica. Pero es un anuncio: no está publicado en el BOE. Mientras no lo esté, siguen valiendo las fechas del Real Decreto-ley 15/2025:
- 1 de enero de 2027 para las sociedades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para los autónomos y el resto de obligados.
Es el cuarto cambio de fecha desde 2023. Nuestra recomendación: no esperes al último momento. Si tu programa ya genera los registros, sigue usándolo; si facturas con Word o Excel, este es buen momento para cambiar, porque ninguna de las dos obligaciones va a desaparecer.
3. Impuesto sobre Sociedades: tipos más bajos para las pymes en 2026
La reforma aprobada a finales de 2024 baja poco a poco el tipo de las empresas pequeñas. Para los ejercicios que empiezan en 2026:
- Microempresas (cifra de negocios inferior a 1 millón de euros): 19 % sobre los primeros 50.000 euros de base imponible y 21 % sobre el resto. Al final del periodo transitorio quedará en 17 % y 20 %.
- Empresas de reducida dimensión: 23 % en 2026, que bajará al 22 % en 2027, al 21 % en 2028 y al 20 % definitivo.
- Empresas de nueva creación: 15 % durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva.
Tenlo en cuenta en los pagos fraccionados del modelo 202 y al cerrar el año.
4. Hacienda ve más tus cobros con tarjeta y Bizum
Desde el 1 de enero de 2026 los bancos y entidades de pago informan a Hacienda cada mes, y no una vez al año, de los cobros que reciben las empresas y los autónomos, incluidos los de tarjeta y los asociados a un número de móvil como Bizum. Además, ha desaparecido el umbral de 3.000 euros anuales. Dicho de forma sencilla: lo que cobras por el banco y lo que declaras tiene que cuadrar.
5. Módulos y autónomos
- Quien tributa por módulos mantiene en 2026 las mismas cuantías, con una reducción del 5 % del rendimiento neto que también se aplica a los pagos fraccionados.
- En la cuota de autónomos sigue el sistema por rendimientos reales: eliges tu tramo según lo que prevés ganar, puedes cambiarlo hasta seis veces al año y la Seguridad Social regulariza después con los datos de Hacienda. Revisar el tramo a mitad de año evita sorpresas.
6. Calendario de los próximos meses
- Hasta el 20 de octubre: modelos del tercer trimestre (303, 130, 111, 115) y pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (202).
- Hasta el 30 de enero de 2027: modelos del cuarto trimestre y resúmenes anuales (390, 190, 180).
- En febrero de 2027: modelo 347 de operaciones con terceros.
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Fuentes: Agencia Tributaria, Real Decreto 238/2026 · Agencia Tributaria, Orden HAC/1028/2026 · BOE de 5 de octubre de 2026 · Anuncio de aplazamiento de VERI*FACTU · Wolters Kluwer, novedades fiscales 2026. Información general; consulta tu caso con tu asesor.