El modelo 390 es la declaración resumen anual del IVA. No se paga nada con él: recoge lo que has declarado en los cuatro 303 del año, con más detalle (por tipos de IVA, operaciones exentas, prorrata, actividades).
Quién lo presenta
En general, todos los que presentan el 303. Están exonerados, entre otros:
- Quienes llevan los libros de IVA en el SII.
- Quienes solo tributan en el régimen simplificado (módulos) o solo alquilan inmuebles urbanos, siempre que el 303 del cuarto trimestre lo presenten con los datos del resumen del año.
Si tienes dudas sobre tu caso, mira el apartado de exonerados en la ayuda del modelo de la Agencia Tributaria o pregúntale a tu asesor.
Plazo
Del 1 al 30 de enero, con los datos del año anterior. El 390 de 2026 vence el 1 de febrero de 2027, porque el 30 de enero es sábado. Se presenta en las mismas fechas que el 303 del cuarto trimestre, así que conviene hacer los dos a la vez.
Por qué tiene que cuadrar con los 303
Hacienda compara el 390 con la suma de los cuatro 303. Si no coinciden, lo normal es que llegue una carta. Las diferencias suelen venir de:
- Una factura contabilizada después de presentar su trimestre, sin presentar una complementaria.
- Cambios en la contabilidad de un trimestre ya cerrado.
- Compensaciones de trimestres anteriores mal arrastradas.
- Bases y cuotas por tipo de IVA mal repartidas (21 %, 10 %, 4 %).
Si el 390 no te cuadra, no lo fuerces: busca qué 303 no coincide con la contabilidad y corrígelo antes con una autoliquidación complementaria o una rectificación.
El 390 en ContaCeret
- Sale del libro de IVA del año y de los 303 que marcaste como presentados.
- Compara cada trimestre con lo declarado y te dice dónde no cuadra.
- Como los trimestres presentados quedan bloqueados, nadie puede cambiar un asiento de un trimestre cerrado sin dar el motivo, y el 390 no se descuadra.
- Genera el fichero para importarlo en la sede de la Agencia Tributaria.
- Incluye las operaciones del régimen especial de la agricultura (compensaciones a agricultores) y las intracomunitarias.
Puedes ver todos los modelos en la página de impuestos.
Preguntas frecuentes
¿Se paga algo con el 390?
No. Es un resumen informativo. Lo que se paga o se devuelve va en los 303 de cada trimestre.
¿Qué pasa si no presento el 390?
Si estás obligado y no lo presentas, Hacienda te lo requerirá y puede haber sanción por no presentar una declaración informativa.
¿Tengo que presentar el 390 si me di de baja a mitad de año?
Sí, con los datos del periodo en que estuviste de alta, salvo que estés en alguno de los casos de exoneración.
¿Puedo presentar el 390 si un 303 tiene un error?
Mejor corrige antes el 303 con una complementaria o una rectificación, y después presenta el 390 con los datos buenos.
Datos comprobados a 16 de octubre de 2026 con la normativa y la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Las normas cambian: comprueba siempre la información oficial o consulta a tu asesor antes de presentar.